Cree que los profes de sociales e Informática debemos unirnos como Asociación..?

miércoles, 29 de diciembre de 2010

Estudiante de Puerto Asís elegida como Parlamentaria Juvenil en Brasil

Melba Soraida Gaviria Rosas, estudiante de la IE Santa Teresa, viajó a Argentina, luego Brasil, para convertirse en la primera parlamentaria Juvenil de Mercosur, Suerte para ella en estos dos años de Gobierno .

sábado, 22 de mayo de 2010

Dra Nelsy Cuellar asistió a Cabildo Abierto en Puerto Asís

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miércoles, 31 de marzo de 2010

Mayo 21 Fecha propuesta para el encuentro de profesores de sociales e Informática en Mocoa

Estimados amigos, ya hemos recorrido casi un año con esta propuesta, ahora es tiempo para pedirle el favor respetuoso a nuesto amigo, Agustín Ordoñez, como presidente de Asep Putumayo, para que nos permita realizar el evento, el cual será financiado por LOS CEID DEL DEPARTAMENTO Y LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS, Esperamos que después de que pase Semana Santa podemos tener alguna claridad al respecto, saludos, su amigo, Fernando Ramírez Coordinador CEID Puerto Asís,

Estas

miércoles, 24 de marzo de 2010

Presidente de Asep Putumayo Agustin Ordoñez visito el programa de TV Usted Que Opina? Con el profe Fernando Ramírez

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lunes, 22 de marzo de 2010

Unase al grupo de profes de sociales e Informática. Pronto Primer Foro

Primer foro de profesores de sociales e Informática. Puede ser en Puerto Asís o en Mocoa.  Ya hemos pasado el proyecto desde el año anterior, los oficios pertinentes , y estamos convencidos que con la buena voluntad de los amigos de la directiva central de Asep Putumayo, lo podemos sacar adelante.  CREO QUE EN TRES MESES DEBEMOS ENTREGAR NUESTROS CARGOS SINDICALES, y desde el CEID, coordinación que oriento, deseamos dejar una huella y dejar conformada nuestra asociación.

si usted está interesado, dejemos un comentario después de este artículo, y bueno, donde dice, UNIRSE A ESTE BLOG, DICE, ADEMÁS "SEGUIR" ALLI HACE CLIK Y LISTO, se une.

Para dicho foro tenemos ya , DVD, PARA COMPARTIR, no para regalar porque presupuesto no tenemos, pero tenemos MATERIAL EN AUDIO, en video, en cartillas, en plegables, en revistas, y la idea es que vengan las siguientes personas:

  1. El jefe de área de Ciencias Sociales
  2. Otro docente de ciencias sociales de la escuela primaria.
  3. El personero escolar 2010
  4. El presidente del Consejo estudiantil 
  5. El representante de grado once ante el consejo directivo, 
  6. El presidente de la Junta de padres de familia, 
  7. El presidente del Consejo de padres.
CADA INSTITUCIÓN PRESENTARÁ EL OFICIO QUE TENEMOS SUBIDO EN ESTE BLOG, PARA EL CONSEJO DIRECTIVO Y PUEDAN SER ELLOS, desde que haya presupuesto, las personas que les permitan venir a dicho foro departamental.
Estamos buscando la ayuda de CADA UNO DE LOS CEID DEL PUTUMAYO, PARA QUE NOS AYUDEN A FINANCIAR EL EVENTO.

De las alcaldías,
De la Gobernación del Putumayo

Esperamos que ustedes puedan venir, ya sea a Mocoa, o a Puerto Asís, para dicho evento que será por supuesto, antes de salir a vacaciones del primer semestre.

Esperamos sus valiosos comentarios

Con aprecio, su amigo COORDINADOR DEL CEID PUERTO ASIS, FERNANDO RAMIREZ 




sábado, 16 de enero de 2010

Y los personeros escolares 2010 otra vez de grado 11? Hasta cuando?

Somos conscientes que el personero de grado 11 NO TIENE TIEMPO PARA ELLO.   MI segunda campaña, aunque ya llevo 10 años haciéndola, pero creo que este año vamos a dejar un precedente...

Que el  personero en todo el departamento del Putumayo, el escolar por supuesto,  pueda ser desde grado noveno hasta grado 11. Incluso espero que me envien un video muy corto de unos 30 segundos por celular manifestando que es cierto, que no lo hacemos por ir en contra de la Ley.

Aunque muchos rectores son aún apegados a la norma, a la ley, asi sean concientes de que la figura del personero escolar es un total fracaso no solo en el Putumayo sino en Colombia, no ha habido departamento alguno que tome la inciativa.

Cuántos años vamos a esperar más para modificar el famoso articulo 94...?

Incluso el envie un oficio con argumentos validos, pero la corte Constitucional me respondiò al final, que solo podrìa ser modificado mediante un acto de ley y en ello tienen razòn, pero ni siquiera por alli hemos podido.

Como coordinador del CEID de Puerto Asís, ya entregué los documentos pertinentes a casi 8 miembros de FECODE en el encuentro de personeros a nivel nacional, pero ni ellos contestan adicha petición.

Entregue videos, oficios a la ministra actual, al presidente actual, estamos tratando de crear la asociación de profesores de ciencias sociales, pero Asep Central Putumayo, tampoco responde. Entonces, les invito para que algunos profes nos unamos para sacar esta iniciativa adelante.

usted que Opina...?

Espero sus comentarios

Evaluacion para nivelacion salarial profes en Colombia

deFernando Ramírez
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paraprofes-del-putumayo-colombia@googlegroups.com

fecha16 de enero de 2010 13:52
asuntoEducación en el Putumayo EVALUACION PARA NIVELACION SALARIAL AMIGO PROFESOR
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Se inicia la competenciaLos docentes que se inscribieron en el proceso de ascenso o reubicación salarial presentarán las pruebas de competencia el 24 de enero de 2010.
Finalizadas las inscripciones a la convocatoria de docentes para el proceso de ascenso de grado en el escalafón o reubicación salarial, el 24 de enero se llevará a cabo la evaluación de competencias, que valorará el nivel de desarrollo de las competencias alcanzadas en el ejercicio de la docencia, de conformidad con el Artículo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002. Allí se señala que la competencia es una "característica subyacente en una persona causalmente relacionada con su desempeño y actuación exitosa según sus resultados".

Culminados los procesos de:
Apertura de la convocatoria (3 al 14 de diciembre de 2009)
Divulgación de la convocatoria (3 de diciembre de 2009 al 24 de enero de 2010)
Recaudo PIN (4 al 28 de diciembre de 2009)
Inscripción de aspirantes (7 al 30 de diciembre de 2009)
Restan únicamente los procesos de:
Aplicación de los instrumentos de evaluación: 24 de enero de 2010
Publicación de los resultados: 22 de febrero de 2010.
Durante el transcurso de la convocatoria el Portal Educativo Colombia Aprende habilitó un Foro abierto para resolver las inquietudes que tienen los profesores del país respecto a este proceso. Todavía es posible participar en el mismo haciendo clic aquí.





Estas son las respuestas a las principales preguntas identificadas durante el Foro:

1. Conceptos de Ascenso y Reubicación:
Se debe tener claro el concepto de Ascenso y Reubicación, el Ascenso, es la promoción de un docente o directivo docente de uno a otro grado del escalafón, sin modificación del nivel salarial en el que se encuentra inscrito.

Por otro lado la Reubicación Salarial, es el paso de un docente o directivo docente inscrito en el escalafón, de un nivel salarial al inmediatamente siguiente dentro del mismo grado. Así mismo es preciso aclarar que la inscripción en uno y otro caso es excluyente, esto es, el docente se inscribe para Ascenso o Reubicación, no a las dos.

Debemos recordar que el Escalafón Docente determinado para los nuevos docentes regidos por el Decreto Ley 1278 del 2002, está conformado por tres (3) grados, establecidos con base en la formación académica, grado 1 para normalista superior o tecnólogo en educación; grado 2 licenciado o profesional no licenciado y el grado 3 licenciado o profesional no licenciado con maestría o con doctorado. Cada grado está compuesto por cuatro (4) niveles salariales (A-B-C-D). Así las cosas, se expiden normas para establecer las asignaciones salariales de ingreso, a partir de estudios técnicos cuyo resultado ha permitido adoptar una escala salarial nacional adecuada a la estructura del escalafón docente.

2. Tiempo de servicios:
Han sido frecuentes las consultas sobre el caso de docentes que se encontraban nombrados en propiedad y que ingresaron al Escalafón Docente por medio de los concursos que se llevaron a cabo en los años 2005 y 2006, posteriormente se presentan a un nuevo concurso de ingreso, el cual lo aprueban, siendo nombrados nuevamente en diferentes cargos con funciones distintas dentro de una misma Entidad Territorial o en otros casos en una diferente.

Los Docentes preguntan a partir de qué fecha se debe contar los tres años de que trata el numeral 2 del Artículo 2 del Decreto 2715 del 2009. Al respecto le informamos que en primer lugar se debe diferenciar del Concurso para ingreso al servicio educativo estatal y la evaluación de competencias, el primero va encaminado a un concurso para ingreso al servicio, mediante el cual, a través de la evaluación de aptitudes, experiencia, competencias básicas, relaciones interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de elegibles y se fija su ubicación en el mismo, con el fin de garantizar disponibilidad permanente para la provisión de vacantes que se presenten en cualquier nivel, cargo o área de conocimiento dentro del sector educativo estatal. (Artículo 8 Decreto Ley 1278 del 2002); en el segundo se encuentra la evaluación de competencias reglamentada por el Decreto 2715 del 2009, para la cual se debe tener en cuenta los siguientes requisitos:
Estar nombrado en propiedad e inscrito en el Escalafón Docente.
Haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de posesión del período de prueba.
Haber obtenido una calificación de 60% en la evaluación de desempeño, dentro de los periodos inmediatamente anteriores a la inscripción en el proceso de evaluación de competencias.
Para el caso de ascenso, acreditar adicionalmente el título académico exigido para cada uno de los grados.

Esta última, sirve para ascender de uno a otro grado del escalafón, sin modificación del nivel salarial en el que se encuentra inscrito, por otro lado la Reubicación salarial, es el paso de un docente o directivo docente inscrito en el escalafón, de un nivel salarial al inmediatamente siguiente dentro del mismo grado.

En conclusión, como se puede observar, se trata de dos situaciones diferentes, una encaminada al ingreso en carrera, y otra, orientada a que el docente pueda ascender o ser reubicado a otro nivel salarial. Conforme a lo anterior es claro que los tres años de que trata el numeral 2 del Artículo 2 del Decreto 2715 del 2009 se deben contar a partir de la segunda posesión en periodo de prueba.

3. Evaluación de competencias y estabilidad laboral:
En el nuevo Estatuto de Profesionalización Docente se independizan los incrementos por experiencia, que se reconocen en términos de nivel salarial (A, B, C y D) de los incrementos por grado académico alcanzado, ambos avalados por las distintas evaluaciones establecidas en el Decreto 1278 de 2002, entre ellas la de competencias. Esto permite que el estímulo a mejorar académicamente sea más claro, es por ello que la totalidad de los requisitos que establece esta norma y los contenidos en el Decreto 2715 del 2009 van encaminados a que la calidad de la Educación mejore.

Así mimo hay que hacer claridad que de conformidad con el parágrafo único del Artículo 11 del Decreto 2715 del 2009, la inscripción y participación en la evaluación de competencias es voluntaria y los resultados de las pruebas no afectarán la estabilidad laboral de los docentes y directivos docentes.

En cuanto al resultado de la prueba, serán candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior, o a ascender en el escalafón docente, si reúnen los requisitos para ello, quienes obtengan más de 80% en la evaluación de competencias. (Numeral 2 Articulo 36 Decreto Ley 1278 del 2002).

4. Docentes en Situación Administrativa de Comisión de estudios:
Existen inquietudes sobre docentes que se encuentran en comisión de estudios no remunerada, y quieren participar en el proceso de evaluación de competencias, al respecto:

En este sentido es preciso aclarar que si el docente antes de iniciar la comisión de estudios de que trata el literal b del Artículo 50 del Decreto Ley 1278 del 2002, cumple con los requisitos para ascender o ser reubicado establecidos en el Decreto 2715 del 2009, esto es, estar nombrado en propiedad e inscrito en el Escalafón Docente; haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de posesión del período de prueba; haber obtenido una calificación de 60% en la evaluación de desempeño, dentro de los periodos inmediatamente anteriores a la inscripción en el proceso de evaluación de competencias y en el caso de ascenso, acreditar adicionalmente el título académico exigido para cada uno de los grados, el docente o directivo docente puede inscribirse al proceso de evaluación de competencias. En conclusión, podemos manifestar que la licencia no remunerada no es un obstáculo para la inscripción a la evaluación de competencias, siempre y cuando antes de dicha comisión, cumpla con los requisitos anteriormente mencionados.

5. Donde ubicar las guías de evaluación:
Los modelos de evaluación, pueden ser ubicadas en el siguiente Hipervínculo:
http://www.mineducacion.gov.co/proyectos/1737/article-210992.html

6. Responsabilidades de las Entidades Territoriales:
Varios de los docentes preguntan acerca de las responsabilidades del Ente Territorial en el proceso de evaluación de competencias, las mismas están estipuladas en forma taxativa en el Artículo 7 del Decreto 2715 del 2009.

La entidad territorial certificada será responsable de:
Identificar a los potenciales candidatos a ser reubicados o ascender mediante un análisis de la planta de docentes y directivos docentes.
Presupuestar y comprometer los recursos necesarios para las reubicaciones y los ascensos de los docentes y directivos docentes, así como los requeridos para el proceso de evaluación de competencias.
Convocar a la evaluación de competencias de conformidad con el cronograma definido por el Ministerio de Educación Nacional.
Divulgar la convocatoria para la evaluación de competencias y orientar a los docentes y directivos docentes de su jurisdicción para facilitar su participación en el proceso.
Verificar los requisitos de los docentes y directivos docentes que obtuvieron más del 80% en la evaluación de competencias y pueden ser candidatos a la reubicación salarial dentro del mismo grado o al ascenso en el Escalafón Docente.
Expedir los actos administrativos de reubicación de nivel salarial o ascenso de grado en el Escalafón Docente.
Registrar las novedades de inscripción, reubicación y ascenso en el Escalafón Docente.
Conocer en primera instancia las reclamaciones relativas al proceso de evaluación de competencias.

7. Desde cuando se aplica el Ascenso o la Reubicación:
Ha sido frecuente la pregunta de los docentes, respecto desde cuando se aplica el Ascenso o la Reubicación. Al respecto debemos remitirnos a lo preceptuado en el Artículo 16 del Decreto 2715 del 2009, el cual, en su inciso tercero establece lo siguiente: "Dentro de los quince (15) días siguientes a la acreditación de tales requisitos, la entidad territorial certificada expedirá los actos administrativos de reubicación salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafón Docente, según el caso".

Así mismo el inciso 5 del mismo Artículo señala que el acto administrativo de reubicación de nivel salarial o de ascenso surte efectos fiscales a partir de la fecha de su expedición, queriendo decir con ello que es a partir de esa fecha, donde se configura la obligación por parte de la Entidad Territorial de pagar el nuevo salario de a cuerdo a lo establecido en el Decreto de salarios vigente para la época.

8. Fomento para Estudio de Docentes y Directivos Docentes:
Un docente hace un aporte, referente a que no cuentan con ayuda por parte del Gobierno para estudios pos graduales. En este sentido es preciso informar que el Ministerio de Educación Nacional, en el marco de su política de calidad para el desarrollo profesional de los docentes y directivos docentes, creó un fondo con el ICETEX para la formación pos gradual de los docentes y directivos docentes de educación preescolar, básica y media, de planta en servicio del sector oficial, mediante programas de maestría, con los propósitos de:
Aportar a la formación y actualización pedagógica, didáctica y/o disciplinar de los docentes y directivos docentes de educación preescolar, básica y media, en servicio del sector oficial.
Apoyar la política de calidad en lo referido al desarrollo profesional de docentes y directivos docentes.
Estimular el ejercicio docente apoyando económicamente programas de maestría para docentes y directivos docentes en servicio de establecimientos educativos oficiales.
Con este programa se busca seleccionar docentes y directivos docentes nombrados en propiedad al servicio de establecimientos educativos del sector oficial, como beneficiarios de un crédito condonable para adelantar estudios de maestría.

El fondo asignará a cada docente o directivo docente beneficiado, a través de un crédito condonable, un valor correspondiente al 30% del valor de la matrícula de la maestría, por cada uno de los semestres regulares del programa. El ICETEX gira los recursos aprobados por concepto de este crédito condonable directamente a las Instituciones de Educación Superior vinculadas al programa. El 70 % restante, será asumido por el docente mediante el pago al contado de cada semestre bien sea con recursos propios, a través de un crédito con una entidad bancaria o a través de un crédito reembolsable con el ICETEX, de carácter especial para los docentes o directivos beneficiados del fondo.

Los programas de maestría avalados por el Ministerio de Educación Nacional para esta convocatoria son: Maestría en Enseñanza de las Ciencias Exactas y Naturales, en modalidad semipresencial virtual, ofrecida por la Universidad Nacional de Colombia; Maestría en Tecnología Educativa y Medios Innovadores para la Educación, en modalidad virtual, ofrecida por el Tecnológico de Monterrey en convenio con la Universidad Autónoma de Bucaramanga. Para mayor información sobre los programas autorizados seguir los siguientes enlaces: Universidad Nacional y Universidad Autónoma de Bucaramanga o en la página web del ICETEX. Además, se puede consultar la página del Ministerio de Educación Nacional.
Para mayor información pueden ingresar a la página del Ministerio de Educación Nacional: www.mineducacion.gov.co.


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viernes, 1 de enero de 2010

Ya está el desprendible de diciembre,. FELIZ AÑO PARA TODOS

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http://www.asepuertoasis.com/
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